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Términos y condiciones

Términos y condiciones

1. Ámbito de aplicación

Los pedidos solo podrán ser procesados si el cliente está registrado en el sitio web. Para realizar el primer pedido, el cliente debe proporcionar un nombre de usuario y una contraseña. Klüber Lubrication garantiza que un mismo nombre de usuario y contraseña no puedan asignarse a varios clientes. Si el cliente no acepta las condiciones de uso para la creación de una cuenta, Klüber Lubrication podrá denegarle el acceso al sitio web.

2. Celebración del Contrato

2.1 La presentación de productos en nuestra tienda online no constituye una oferta de contrato de compraventa por parte de Klüber Lubrication.

2.2 El cliente realiza una oferta al introducir la información requerida durante el proceso de pedido y enviar el formulario mediante el botón “Realizar pedido”. Antes de enviar la oferta, el cliente puede revisar y corregir cualquier error.

2.3 Tras la recepción del pedido, Klüber Lubrication enviará un correo electrónico confirmando la recepción del pedido y detallando sus condiciones (confirmación de pedido). Dicha confirmación no constituye aceptación de la oferta del cliente, sino que tiene únicamente carácter informativo.

2.4 El contrato únicamente se perfeccionará cuando Klüber Lubrication acepte implícitamente la oferta mediante el envío de los bienes solicitados o mediante la declaración expresa de su aceptación, lo que ocurra primero.

2.5 Klüber Lubrication se reserva el derecho a rechazar una oferta sin necesidad de justificación.

3.Documentos y Derechos de Propiedad Intelectual y/o Industrial

3.1 La ejecución del contrato estará condicionada a que no surjan obstáculos derivados de normas nacionales o internacionales, incluyendo regulaciones sobre comercio exterior, productos químicos, medioambiente, así como a que no existan embargos (y/u otras sanciones) que impidan su cumplimiento.

3.2 Nos reservamos todos los derechos de propiedad intelectual y/o industrial y de autor sobre presupuestos, planos, diseños y demás documentos. Éstos solo podrán ponerse a disposición de terceros con nuestra previa autorización. Los dibujos y demás documentos facilitados como parte de una oferta deberán ser devueltos a nuestra empresa bajo solicitud en cualquier momento, siendo esta obligación imperativa cuando el pedido no se realice con nosotros. Si entregamos artículos conforme a planos, modelos, muestras u otros documentos proporcionados por el cliente, éste garantizará que no se infringen derechos de propiedad industrial de terceros. Si un tercero, invocando derechos de propiedad, prohíbe en particular la fabricación y entrega de dichos artículos, tendremos derecho a suspender todas las actividades correspondientes y reclamar la indemnización por daños y perjuicios, sin obligación de verificar la situación jurídica. Además, el cliente se compromete a indemnizarnos de forma inmediata frente a reclamaciones de terceros relacionadas con los documentos que se nos hayan facilitado.

3.3 Nos reservamos el derecho a repercutir los costes de muestras y piezas de ensayo, así como de las herramientas necesarias para su fabricación. Facturaremos los costes de fabricación de las herramientas requeridas para la producción en serie, salvo que se acuerde lo contrario. En cualquier caso, conservaremos la propiedad de todas las herramientas, incluso si los costes de fabricación hubieran sido asumidos total o parcialmente por el cliente.

3.4 Para el supuesto de órdenes de compra, tendremos derecho a adquirir materiales para la totalidad del pedido y a fabricar de inmediato la cantidad total encargada. Por ello, las solicitudes de modificación del cliente posteriores a la realización del pedido no podrán ser tenidas en cuenta, salvo acuerdo expreso en contrario.

4. Especificación de los servicios

4.1 La calidad de los bienes y servicios a suministrar quedará definida de forma definitiva por las características expresamente acordadas (p. ej., especificaciones, etiquetas, homologaciones u otra información). Solo existirá garantía respecto a un fin específico o una idoneidad particular en caso de acuerdo expreso y por escrito; en caso contrario, el riesgo relativo a la adecuación y uso recaerá exclusivamente sobre el cliente. No se garantizarán características o cualidades de las entregas y servicios distintas de las expresamente pactadas. Nos reservamos el derecho a desviarnos de cantidades físicas y químicas cuando dichas variaciones sean habituales en el comercio o técnicamente inevitables, incluyendo colores, fórmulas, recetas, procesos, utilización de materias primas, así como tamaños de pedido, siempre que dichas variaciones no sean consideradas irrazonables para el cliente.

4.2 Los datos sobre los bienes y servicios a suministrar (por ejemplo, catálogos, fichas técnicas, medios electrónicos o etiquetas) se basan en nuestra experiencia y conocimientos generales, constituyendo únicamente valores de referencia o indicativos. Dichos datos, así como las características o finalidades expresamente acordadas, no eximen al cliente de la obligación de probar el producto para el uso previsto.

4.3 La información sobre la calidad y los posibles usos de nuestros productos no incluyen ninguna garantía o compromiso vinculante, salvo que se especifiquen expresamente por escrito como tales.

5. Entrega y Plazo de Entrega

5.1 La información sobre plazos de entrega —incluso cuando se haya acordado una fecha estimada con el cliente— tiene únicamente carácter aproximado y no es vinculante, salvo que la fecha de entrega se haya fijado expresamente como vinculante por escrito. La confirmación de una fecha de entrega está sujeta a la correcta, completa y puntual entrega de los bienes por parte de nuestros proveedores. Se considerará cumplido el plazo de entrega si, antes de su vencimiento, el artículo de entrega ha salido de nuestra fábrica o hemos informado al cliente de que el pedido está listo para su expedición. El plazo de entrega no tendrá efecto mientras el cliente no haya cumplido debidamente sus obligaciones, tales como la aportación de datos técnicos y documentos, autorizaciones, así como el pago anticipado o la prestación de una garantía de pago.

5.2 Tendremos derecho a realizar entregas parciales.

5.3 Los casos de fuerza mayor u otros acontecimientos ajenos a nuestro control que hagan imposible la ejecución puntual de los pedidos aceptados nos liberarán de la obligación de entrega mientras tales acontecimientos persistan.

5.4 En principio, no es posible devolver bienes que estén libres de defectos.

5.5 Si el cliente no cumple con sus obligaciones de pago u otras obligaciones, o si suspende sus pagos, o si existen procedimientos de ejecución en su contra, o si se inician procedimientos de quiebra o de insolvencia sobre sus activos, tendremos derecho a suspender inmediatamente las entregas y a negarnos a cumplir los contratos en curso, salvo que el cliente ejecute la contraprestación o, a nuestra solicitud, aporte garantías adecuadas.

5.6 Todos los riesgos, incluido el de pérdida accidental, se transferirán al cliente en el momento de la ejecución (transmisión del riesgo). En el caso de entregas con porte pagado, el momento de ejecución será la entrega o la constitución en mora de aceptación; en el caso de entrega en fábrica, será el momento de la notificación de que los bienes están listos para su entrega más un plazo de recogida adecuado de al menos dos semanas.

6. Garantías

6.1 Nos reservamos la propiedad de todos los bienes suministrados hasta que se hayan satisfecho todas las reclamaciones existentes, incluidas las condicionales y subsidiarias, derivadas de nuestra relación comercial con el cliente.

6.2 El cliente únicamente estará facultado para revender o transformar el objeto adquirido, o mezclarlo o combinarlo con otros bienes, en el marco de su actividad empresarial ordinaria; sin embargo, desde este momento nos cede todos los créditos que resulten de dicha reventa, transformación, mezcla, combinación o de cualquier otra causa jurídica relacionada con el objeto adquirido (en particular, los derivados de contratos de seguro o de actos ilícitos), por el importe del total de la factura final mutuamente acordada (IVA incluido). Lo mismo será aplicable en el supuesto de que el objeto no se venda, sino que sea objeto de un contrato de obra o de prestación de servicios.

6.3 La reserva de dominio se extenderá al valor total de los productos resultantes del procesamiento, mezcla o combinación de nuestros bienes, considerándonos fabricantes. Si existen terceros que retienen la propiedad en caso de procesamiento, mezcla o combinación con bienes de terceros, adquiriremos la copropiedad en proporción al valor objetivo de dichos bienes. Si nuestra propiedad cesa como resultado de la combinación o mezcla, el cliente nos transfiere desde ahora su propiedad y/o derechos expectantes sobre el nuevo stock o artículo hasta el importe del valor de factura de los bienes entregados por nosotros, custodiándolos gratuitamente en nuestro nombre.

6.4 El cliente estará autorizado a cobrar los créditos derivados de la reventa pese a la cesión, siempre que no hayamos revocado esta autorización. No cobraremos los créditos nosotros mismos mientras el cliente cumpla puntualmente con sus obligaciones de pago. A nuestra primera solicitud por escrito, el cliente estará obligado a informarnos sobre los deudores de las reclamaciones cedidas, así como a notificarles la cesión.

6.5 Tendremos derecho a revocar la autorización del cliente para la reventa conforme al punto 6.2 y a cobrar las reclamaciones cedidas con efecto inmediato si el cliente incurre en mora de pagos, sufre falta de liquidez por un deterioro significativo de sus circunstancias financieras o no cumple debidamente las obligaciones contractuales pactadas. Si se hubieran incoado procedimientos de quiebra o insolvencia sobre los bienes del cliente, éste interrumpe cualquier pago, se encuentran en curso procedimientos de ejecución o similares, presenta dificultades de pago, o si debido a la falta de liquidez se produce un cambio de titularidad en su negocio, cesará automáticamente la facultad de reventa y de cobro de los créditos cedidos.

6.6 El cliente custodiará nuestros materiales (en copropiedad) gratuitamente en nuestro nombre con el debido cuidado y diligencia de un empresario prudente, asegurándolos contra incendios, robos y otros riesgos habituales.

6.7 Está prohibida cualquier prenda o cesión como garantía por parte del cliente de los bienes entregados bajo reserva de dominio. Antes de cualquier prenda u otra vulneración de nuestros derechos de propiedad por terceros, el cliente deberá notificárnoslo inmediatamente y confirmar el derecho de propiedad por escrito tanto a nosotros como a los terceros. Cualesquiera costes residuales derivados de acciones legales, incluso ganando nosotros el litigio, serán asumidos por el cliente.

6.8 Si el cliente incumple el contrato, en particular por retrasos en el pago, tendremos derecho a recuperar los bienes; el cliente presta desde ahora su consentimiento anticipado a dicha recuperación. La recuperación solo se considerará como resolución del contrato si así lo declaramos expresamente. Todos los costes derivados de la recuperación (en particular los de transporte) se cargarán al cliente. El cliente podrá exigir la entrega de los bienes recuperados sin notificación expresa de resolución únicamente una vez abonado íntegramente el precio de compra y todos los costes.

6.9 Las garantías a las que tengamos derecho no se tendrán en cuenta en la medida en que su valor supere en más de un 20% el importe nominal de las reclamaciones a asegurar.

7. Precio y Pago

7.1 Nuestros precios se expresan en euros y con entrega dentro de España, salvo pacto en contrario.

7.2 Cambios imprevistos en los costes de materias primas, salarios, energía u otros ajenos a nuestro control nos facultarán para ajustar los precios en consecuencia. En las entregas a plazos, cada entrega podrá facturarse por separado. Si no se hubieran pactado precios al perfeccionamiento del contrato, serán de aplicación los precios del día de la entrega.

7.3 Nuestras facturas son pagaderas de inmediato y sin descuento, salvo acuerdo en contrario.

7.4 No estaremos obligados a aceptar pagarés, cheques u otras promesas de pago; su aceptación será siempre a causa del cumplimiento.

7.5 La fecha de pago se entenderá realizada en el momento en que el importe haya sido recibido por nosotros o abonado en nuestra cuenta bancaria. financiación incrementadapago por parte del cliente, tendremos derecho a aplicar, sin necesidad de requerimiento previo, el interés de demora establecido de acuerdo al artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, equivalente al tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a su última operación principal de financiación incrementado en ocho puntos porcentuales, sin perjuicio del derecho a reclamar los daños adicionales que pudieran corresponder.

7.6 En caso de retraso en el pago por parte del cliente, podremos además optar por declarar vencidas las cuotas pendientes del precio de compra u otras reclamaciones existentes contra el cliente, así como condicionar futuras entregas bajo este u otros contratos a una garantía anticipada o a un pago simultáneo contra entrega.

7.7 Los pagos anticipados o parciales no devengarán intereses.

7.8 El cliente solo podrá compensar o retener pagos si su contrarreclamación es indiscutida o ha sido reconocida mediante sentencia declarativa.

8. Reclamaciones por defectos

8.1 Solo seremos responsables de los defectos de los bienes entregados por nosotros conforme a las siguientes disposiciones:

8.2 El cliente deberá cumplir debidamente con sus obligaciones de inspección y notificación de defectos. Los bienes o la obra deberán ser inspeccionados inmediatamente tras su entrega o recepción. Si se detectaran defectos, deberemos ser informados de inmediato y notificados por escrito sobre la naturaleza y el alcance del defecto, dentro de los cuatro (4) días hábiles posteriores a la entrega o recepción de los bienes. Los defectos ocultos deberán notificarse inmediatamente, y a más tardar dentro de los treinta (30) días siguientes a su entrega. Si los defectos no se especifican por escrito dentro del plazo estipulado, los bienes se considerarán aceptados. En tal caso, no se reconocerán reclamaciones de garantía, indemnización o anulación por error debido a defectos. Las reclamaciones de garantía o indemnización también caducarán si las partes afectadas por el defecto fueron modificadas por el cliente o por un tercero.

8.3 En caso de entrega de bienes defectuosos, se nos deberá dar la oportunidad, antes de su fabricación (procesamiento o instalación), de seleccionar dichos bienes, subsanar el defecto o realizar una entrega adicional, salvo que no resulte razonable imponer tal obligación al cliente. Si no pudiéramos hacerlo o incumpliéramos en plazo, el cliente podrá resolver el contrato en la parte afectada y devolver los bienes por nuestra cuenta y riesgo. En casos urgentes, y tras consultarnos, podrá subsanar el defecto por sí mismo o a través de un tercero, siendo los gastos reembolsados por nosotros conforme al presente apartado 8.

8.4 Si el defecto se manifiesta solo después del inicio de la fabricación, pese al cumplimiento de las obligaciones conforme al punto 8.2, el cliente podrá exigir cumplimiento posterior (reparación o entrega sustitutoria, a nuestra elección).

8.5 En caso de entrega sustitutoria, el cliente estará obligado a devolvernos el material defectuoso previa solicitud.

8.6 Las reclamaciones de resolución del contrato o de reducción del precio de compra solo se admitirán si el defecto no puede subsanarse en un plazo adecuado, si la subsanación implicara gastos desproporcionados, resultara inaceptable o debiera considerarse fallida por otras razones. No obstante, el cliente no tendrá derecho a resolver el contrato en caso de defectos menores.

8.7 El cliente deberá permitirnos inspeccionar sin demora los bienes rechazados, en particular poniéndolos a nuestra disposición a solicitud y a nuestro cargo. Si las reclamaciones resultaran infundadas, nos reservamos el derecho a repercutir al cliente los gastos de transporte e inspección.

8.8 Solo podrán presentarse reclamaciones por defectos si estos se deben a la infracción de instrucciones de funcionamiento, mantenimiento e instalación, uso o almacenamiento inadecuado, manipulación negligente o incorrecta, desgaste natural o alteración del producto por parte del cliente o un tercero.

8.9 Los daños, indemnizaciones y reembolsos de gastos solo podrán reclamarse conforme al apartado 8.8.

8.10 Las reclamaciones por defectos de los productos entregados prescribirán al año de la entrega.

8.11 Para productos distintos de bienes nuevos, entregados de mutuo acuerdo, el cliente no podrá formular las reclamaciones mencionadas.

9. Responsabilidad

9.1 Seremos responsables de los daños, en la medida en que nosotros, nuestros empleados o agentes indirectos actúen con dolo o negligencia grave.

9.2 Por daños derivados de lesiones a la vida, integridad física o salud, garantías o incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales (obligaciones fundamentales para la ejecución del contrato y de cuyo cumplimiento depende el cliente para la satisfacción de este), también seremos responsables por negligencia ordinaria. En caso de incumplimiento de obligaciones contractuales relevantes, nuestra responsabilidad se limitará al daño directo, promedio, previsible y típico según el tipo de bienes. Lo anterior se aplicará igualmente a los incumplimientos de nuestros empleados y agentes indirectos.

9.3 Solo seremos responsables de la infracción de derechos de propiedad industrial de terceros en relación con la venta de nuestros bienes cuando tales derechos sean válidos en España y se encuentren publicados en el momento de la entrega, y únicamente en la medida en que dichos derechos se infrinjan con el uso de los productos conforme a lo pactado. Esta limitación no se aplicará cuando los bienes se hayan fabricado conforme los planos, modelos, descripciones u otros documentos o datos facilitados por el cliente y, por tanto, no tenemos ni debemos tener conocimiento de ninguna infracción de derechos de propiedad industrial vinculada a los productos desarrollados por nosotros. En tal caso, el cliente será responsable de las infracciones ya producidas o futuras, estando obligado a informarnos sin demora de cualquier caso potencial o alegado de infracción de derechos de propiedad industrial de terceros que llegue a su conocimiento, a indemnizarnos frente a reclamaciones de terceros y a asumir todos los costes y gastos derivados.

9.4 Se rechazarán las reclamaciones de reducción del precio y los derechos de rescisión del contrato en la medida en que haya prescrito el derecho a cumplimiento posterior.

9.5 Nuestra responsabilidad conforme a lo establecido por el Real Decreto Legislativo 1/2007 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias no se verá afectada por las disposiciones anteriores.

9.6 En cualquier otro supuesto, quedamos exentos de responsabilidad.

10. Cumplimiento de requisitos legales y reglamentarios. Indemnización.

10.1 Salvo acuerdo en contrario por escrito, el cliente será responsable de cumplir con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables (incluidos, entre otros, los relativos a importación, transporte/envío, almacenamiento, exportación, reventa/distribución, aplicación y uso de los bienes). El cliente deberá asegurarse de conocer y mantener actualizado su conocimiento respecto de todas las obligaciones de registro, información y/o notificación que resulten aplicables, y garantizará su cumplimiento, incluidas entre otras, las relativas a la importación, transporte/envío, almacenamiento, exportación, reventa/distribución, aplicación y uso de los bienes. El cliente garantiza el cumplimiento de todas las disposiciones legales y reglamentarias aplicables durante nuestra relación comercial y se compromete a indemnizarnos y mantenernos indemnes frente a cualquier reclamación o daño derivado de un incumplimiento de esta obligación.

10.2 El comprador se compromete a abstenerse en todo caso de las siguientes operaciones:

  • Transacciones que involucren a personas, organizaciones o instituciones incluidas en listas de sanciones de los Reglamentos de la CE o en las leyes y normativas de control de exportaciones de EE. UU.

  • Transacciones ilegales con países sometidos a embargos.

  • Transacciones sujetas a autorización, en particular licencias de exportación, sin que se haya obtenido la autorización correspondiente.

  • Transacciones relacionadas con armas nucleares, biológicas o químicas o cualquier otro uso militar, para las cuales no se hayan concedido los permisos necesarios.

10.3 En nuestras facturas comerciales únicamente se incluye la información relevante a efectos de la normativa de comercio exterior, como el origen no preferencial según se define en dicha legislación y el número del arancel aduanero. No emitiremos declaraciones de proveedor a largo plazo en las que se indique el origen preferencial. La importación de bienes dependerá de su origen no preferencial. La declaración de este tipo de origen no conlleva la concesión de beneficios arancelarios.

11. Lugar de cumplimiento, fuero competente y otros acuerdos.

11.1 El cliente solo podrá ceder sus derechos derivados de la relación contractual con nuestro consentimiento previo.

11.2 Para todas las reclamaciones derivadas de las relaciones comerciales, en particular nuestras entregas, el lugar desde el que la ejecución/entrega se realiza será considerado como lugar de cumplimiento.

11.3 Para todas las reclamaciones derivadas de las relaciones comerciales, en particular nuestras entregas, el fuero competente serán los tribunales de la ciudad de Barcelona. Este fuero también se aplicará a los litigios relativos a la constitución y validez de la relación contractual. No obstante, tendremos la opción de demandar al cliente ante los tribunales competentes en el lugar de su domicilio social.

11.4 Las relaciones comerciales con nuestros clientes se regirán exclusivamente por la legislación de España, con exclusión de su derecho internacional privado en la medida en que remita a la aplicación de otro ordenamiento jurídico. No será aplicable la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG) ni otros convenios internacionales sobre derecho uniforme de compraventa.

11.5 Los idiomas contractuales serán expresamente el español y el inglés, salvo pacto en contrario.